Art. Disposición adicional duodécima

Art. Disposición adicional duodécima

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En vigor desde 11 may 2023
Durante la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea y a los efectos de la representación del Consejo como negociador del Presupuesto de la Unión Europea para 2024, así como de las cuestiones presupuestarias, y de la presidencia del Consejo Europeo y la representación y voto del Reino de España en su formación de Asuntos Económicos y Financieros-Presupuesto, en las reuniones que se celebren entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023, la persona titular de la Dirección General de Fondos Europeos ostentará el rango de Secretario de Estado. Una vez finalizado el citado periodo temporal, la presente disposición adicional quedará sin efecto. Se añade por la disposición final 1 del Real Decreto 343/2023, de 9 de mayo. Ref. BOE-A-2023-11074

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eli/es/rd/2021/08/03/682#disposicion-adicional-duodecima