Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 26 ago 2026
El Gobierno informará inmediatamente al Congreso de los Diputados de las medidas adoptadas y de la evolución de la situación de interés para la Seguridad Nacional de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.3 de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre.
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