Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
9 / 47En vigor desde 25 feb 2026
Las administraciones educativas regularán la estructura y el funcionamiento de los órganos que establezcan para el desempeño de la inspección educativa en sus respectivos ámbitos territoriales. En todo caso, la estructura que se establezca deberá garantizar el cumplimiento de los principios de actuación y de las funciones y atribuciones que se regulan en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2026/02/04/68#art-9