Art. Disposición derogatoria primera
3 / 22En vigor desde 26 may 1993
Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) El Real Decreto 322/1987, de 27 de febrero, sobre medidas de apoyo oficial a la exportación.
b) El artículo 8 de la Orden ministerial comunicada de 14 de marzo de 1988 del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan distintos supuestos financieros entre el Banco Exterior de España y el Instituto de Crédito Oficial, derivados de la morosidad de los países prestatarios de los créditos a la exportación que han sido financiados con fondos de procedencia oficial.
c) Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 24 de noviembre de 1992 por la que se modifica, para los créditos denominados en pesetas, el tipo de interés representativo del coste de mercado de los recursos establecidos en la Orden de 8 de marzo de 1988, sobre condiciones financieras aplicables al crédito a la exportación con apoyo oficial.
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Proeli/es/rd/1993/05/07/677#disposicion-derogatoria-primera