Título TÍTULO V
Art. 61
68 / 75En vigor desde 11 mar 2018
1. Las condecoraciones tendrán carácter personal e intransferible.
2. La Gran Cruz otorga tratamiento de excelencia, la Encomienda de ilustrísimo señor o ilustrísima señora y la Insignia de señor o señora, seguido de don o doña.
3. La concesión de una condecoración no genera derecho a las ayudas o prestaciones reguladas en la Ley 29/2011, de 22 de septiembre.
Se modifica el apartado 2 por el art. único.4 del Real Decreto 107/2018, de 9 de marzo. Ref. BOE-A-2018-3360
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2013/09/06/671#art-61