Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

1 / 39
En vigor desde 26 feb 2026
Este real decreto tiene por objeto regular la gestión de los procesos de baja para el servicio por incapacidad temporal, así como su control y seguimiento, incluida la inspección sanitaria.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/02/04/67#art-1