Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 19 jul 2015
1. Este real decreto tiene por objeto el desarrollo de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, fundamentalmente en lo que se refiere a los aspectos organizativos, electorales, de régimen jurídico y económico y del alcance de la tutela. 2. Lo dispuesto en este real decreto es de aplicación a las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta y de Melilla, cuya tutela corresponde a la Administración General del Estado. Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, serán de aplicación general por todas las Administraciones públicas los artículos 22.3 y 4, 28.3 y 29 y las disposiciones adicionales primera y segunda.
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eli/es/rd/2015/07/17/669#art-1