Art. Disposición adicional primera
8 / 10En vigor desde 20 jul 2023
La constitución y el funcionamiento de la Comisión serán atendidos con los medios materiales y personales de los departamentos ministeriales, por lo que su actuación no supondrá gastos adicionales a los previstos en las dotaciones presupuestarias de los mismos ni incremento de gasto público.
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Proeli/es/rd/2023/07/18/667#disposicion-adicional-primera