Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
13 / 40En vigor desde 3 ago 2022
1. El Centro Universitario ejercerá las potestades administrativas que le permitan la consecución de sus fines.
2. El Centro Universitario podrá dictar reglas de funcionamiento interno.
3. Las potestades administrativas que tiene atribuidas serán ejercidas, en su ámbito competencial, a través de los órganos que integran su estructura, en los términos y con el alcance previsto en estos Estatutos.
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Proeli/es/rd/2022/08/01/666#art-3