Art. 20
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 20

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En vigor desde 3 ago 2022
El Centro Universitario contará con una Relación de Puestos de Trabajo y un Catálogo de Puestos de Trabajo propios, para la ordenación de los puestos de trabajo, en función del personal funcionarial de adscripción o del personal laboral.
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eli/es/rd/2022/08/01/666#art-20