Art. 5
5 / 12En vigor desde 30 ago 2024
Como órgano ejecutivo de la Autoridad Nacional, se constituye la Secretaría General, que estará adscrita al Gabinete Técnico de la Secretaría de Estado de Industria, y contará para la realización de sus funciones con el apoyo de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y de Defensa, así como de los otros Ministerios representados en la Autoridad Nacional. Su titular será un funcionario, con nivel orgánico de Subdirector general o asimilado, que ocupe un puesto de trabajo del citado Gabinete.
Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 611/2024, de 2 de julio. Ref. BOE-A-2024-17485
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Proeli/es/rd/1997/05/12/663#art-5