Art. 9
9 / 28En vigor desde 1 ago 2022
1. Bajo la dependencia de la persona titular de la Dirección del Gabinete de la Presidencia del Gobierno existirá una Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20, a la que le corresponden las funciones de coordinación de las áreas de su competencia y de las unidades que se le adscriben y, en particular, el asesoramiento y apoyo técnico y político al Presidente del Gobierno en asuntos relacionados con la Política Económica.
2. La Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20 contará con los siguientes órganos con nivel orgánico de Subdirección General:
a) Unidad de Políticas Macroeconómicas y Financieras.
b) Unidad de Políticas Socio-Laborales.
c) Unidad de Seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. La persona titular de la Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20 será la enviada especial del Presidente del Gobierno a las reuniones que a ese nivel de enviados especiales tengan lugar en el G-20.
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Proeli/es/rd/2022/07/29/662#art-9