Capítulo CAPITULO IV›Secc. Sección 3.ª Tarifas y primas
Art. 42
44 / 84En vigor desde 2 feb 2013
1. Las tarifas y primas correspondientes a las instalaciones de la categoría c) será la contemplada en la tabla 4, siguiente
Tabla 4
Grupo Tarifa regulada c€/kWh Prima de referencia c€/kWh c.1 5,3600 0 c.2 5,36 0 c.3 3,8300 0 c.4 5,2000 0
2. A los efectos de lo establecido en el los artículos 17.c) y 22, se establece como objetivo de potencia instalada de referencia para el grupo c.1, 350 MW, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44.
Se modifica el valor de la prima de referencia de la tabla 4 por el .5 del Real Decreto-ley 2/2013, de 1 de febrero. Ref. BOE-A-2013-1117 . Se modifican los grupos c.1, c.3 y c.4, para su aplicación desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, por la disposición final 1.4 del Real Decreto 222/2008, de 15 de febrero. Ref. BOE-A-2008-5159
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/05/25/661#art-42