Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 6.ª Modalidad destinada a personas en situación de privación de libertad
Art. 43
43 / 272En vigor desde 23 jul 2023
Esta modalidad, que ha de desarrollarse en el marco del Sistema de Formación Profesional y el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento penitenciario, tiene por objetivo garantizar el acceso exclusivamente a las personas en situación de privación de libertad a ofertas de formación profesional que faciliten una mejora de su cualificación profesional y, consecuentemente, su inserción profesional y social.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2023/07/18/659#art-43