Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Art. 6
23 / 63En vigor desde 1 sept 2013
1. De acuerdo con el artículo 13 de la Ley 3/2013, de 4 de junio , el Consejo es órgano de gobierno de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
2. Los miembros del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, incluidos el Presidente y el Vicepresidente, serán nombrados y cesados de acuerdo con lo establecido en los artículos 15 y 23 de la Ley 3/2013, de 4 de junio.
3. En su condición de altos cargos de la Administración General del Estado, ejercerán su función con dedicación exclusiva y estarán sometidos al régimen de incompatibilidades de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la Ley 3/2013, de 4 de junio.
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Proeli/es/rd/2013/08/30/657#art-6