Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 5.ª Otros órganos
Art. 30
47 / 63En vigor desde 1 sept 2013
1. El Departamento de Promoción de la Competencia, que dependerá directamente del Presidente, se encargará de coordinar las propuestas que se hayan de elevar al Consejo en materia de promoción de la competencia, informes sectoriales que incluyan propuestas de modificación del marco regulatorio, ayudas públicas así como los informes sobre proyectos normativos.
2. El Departamento de Promoción se estructura en las siguientes subdirecciones:
a) Subdirección de estudios e informes.
b) Subdirección de ayudas públicas e informes de proyectos normativos.
c) Subdirección de análisis económico.
3. Los titulares de las Subdirecciones del Departamento de Promoción de la Competencia, serán nombrados por el Consejo, a propuesta del Presidente y oído el titular del Departamento de Promoción.
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Proeli/es/rd/2013/08/30/657#art-30