Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 5.ª Otros órganos
Art. 27
44 / 63En vigor desde 1 sept 2013
1. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia contará con una Secretaría General, bajo la inmediata dirección del Presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a la que corresponde la prestación de los servicios comunes del organismo.
2. La Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia tendrá atribuidas las siguientes funciones:
a) Gestión y planificación de los recursos humanos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, a propuesta de los órganos de dirección a los que la Ley 3/2013, de 4 de junio, y este Estatuto atribuyen competencias en materia de personal.
b) El establecimiento de los planes de formación del personal, la gestión de la acción social y de los programas de prevención de riesgos laborales.
c) El mantenimiento de las relaciones con los órganos de participación y representación del personal.
d) La conservación, mantenimiento y actualización permanente del patrimonio.
e) La dirección y organización de los servicios de seguridad, vigilancia, comunicaciones, conservación, mantenimiento y demás servicios comunes de las dependencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
f) La instrucción y tramitación de los expedientes de contratación.
g) La colaboración en la preparación de conferencias, seminarios y cualesquiera otras actividades similares que organice la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) La gestión económico-financiera y patrimonial del organismo, la elaboración del anteproyecto del presupuesto de ingresos y gastos y la tramitación de sus variaciones, el seguimiento y control de su ejecución, la realización de la gestión contable, financiera y patrimonial, la gestión de los servicios de pagaduría, caja y recaudación y la preparación de la liquidación y rendición de las cuentas del organismo.
i) La gestión y recaudación en periodo voluntario de la tasa por análisis y estudio de las operaciones de concentración y de la contribución postal de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 3/2013, de 4 de junio .
j) La dirección y organización de los servicios de archivo y registro de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
k) El desarrollo de los sistemas de información de los servicios comunes de los sistemas de administración electrónica, el diseño y ejecución de planes y coordinación de las actuaciones y prestación de los servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, la gestión y mantenimiento de la sede electrónica y de los sitios web, la gestión de la red interna de comunicaciones, la gestión de los medios informáticos y telemáticos y su asignación a las distintas unidades orgánicas, el asesoramiento, asistencia técnica, incluida la prestada en el desarrollo de las inspecciones realizadas por el órgano competente de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, y formación a los usuarios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Todo ello sin perjuicio de las competencias en materia de inspecciones de la Dirección de Competencia.
En el ejercicio de estas funciones, la Secretaría General podrá optar por la utilización y el aprovechamiento de módulos y servicios comunes de administración electrónica, en los términos que se acuerden con los órganos responsables en esta materia de la Administración General del Estado
l) Redactar, proponer y tramitar los convenios con entidades públicas y privadas a celebrar por el Presidente de la Comisión.
m) El ejercicio de las competencias en materia de gestión documental, estadística, recursos documentales, biblioteca y publicaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
n) Diseño e implementación de un sistema de la carrera profesional así como un sistema de evaluación del desempeño del personal en el marco de lo establecido en la normativa vigente.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2013/08/30/657#art-27