Art. 8
Título Instrucción técnica complementaria MIE APQ-1 «Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles en recipientes fijos»Capítulo CAPÍTULO II

Art. 8

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En vigor desde 25 oct 2017
Los recipientes para almacenamiento de líquidos inflamables o combustibles en recipientes fijos, podrán ser de los siguientes tipos: a) Tanques atmosféricos. b) Tanques a baja presión. c) Recipientes a presión. Los recipientes a presión podrán usarse como tanques a baja presión y ambos como tanques atmosféricos.
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eli/es/rd/2017/06/23/656#art-8-1