Art. 44
Título Instrucción técnica complementaria MIE APQ-1 «Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles en recipientes fijos»Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 44

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En vigor desde 25 oct 2017
La concentración de contaminantes dentro del recinto de almacenamiento deberá cumplir lo establecido en la legislación vigente. En el exterior de dicho recinto de almacenamiento los niveles de inmisión y emisión de contaminantes a la atmósfera cumplirán lo preceptuado en la legislación ambiental vigente.
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eli/es/rd/2017/06/23/656#art-44