Título Instrucción técnica complementaria MIE APQ-7 «Almacenamiento de liquidos tóxicos en recipientes fijos»›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 21
219 / 299En vigor desde 25 oct 2017
Todos los efluentes líquidos que se produzcan, tanto en condiciones normales de operación como de emergencia, que puedan presentar algún grado de contaminación deberán ser tratados de forma que el vertido final de la planta cumpla con la legislación vigente en materia de vertidos.
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Proeli/es/rd/2017/06/23/656#art-21-4