Art. 4
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 4

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En vigor desde 9 jul 2017
La competencia general de este título consiste en manejar y cuidar el ganado equino en cada una de sus fases productivas, así como desarrollar actividades de guía por itinerarios ecuestres, con especial atención a la seguridad y bienestar animal, utilizando y manteniendo instalaciones, maquinaria y equipos y cumpliendo la normativa de bienestar animal, de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.
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eli/es/rd/2017/06/23/652#art-4