Art. 31
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 31

46 / 61
En vigor desde 5 feb 2026
La Dirección de la Agencia elaborará, convocará y, a propuesta de los órganos especializados de selección de personal, resolverá las correspondientes convocatorias de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario en sus diversas modalidades, de conformidad con los principios generales y procedimientos de provisión establecidos en la normativa de función pública. Tanto las convocatorias como sus resoluciones se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/02/03/65#art-31