Art. 25
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 5.ª Estructura organizativa

Art. 25

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En vigor desde 5 feb 2026
Corresponden a la Secretaría General las siguientes funciones: a) Gestionar los recursos humanos de la Agencia, incluida la selección del personal laboral, así como la gestión de la acción social y la formación de los recursos humanos, bajo la supervisión de la Dirección y atendiendo a las directrices establecidas por la Presidencia y el Consejo Rector en el ejercicio de sus funciones. b) Tramitar los expedientes de contratación y de convenios. c) Gestionar los ingresos y gastos, realizar los cobros y pagos, y gestionar la tesorería de la Agencia. d) Realizar la gestión financiera y de contabilidad. e) Preparar el anteproyecto anual de presupuesto y de los programas de acción, así como llevar a cabo su seguimiento. f) Ejercer las funciones y cumplir con las obligaciones relativas al patrimonio derivadas de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y, en particular, la gestión, conservación y mantenimiento de los recursos materiales de la Agencia, incluyendo la formación y mantenimiento actualizado de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles, tanto propios como adscritos, así como la custodia de estos últimos y la tramitación de los expedientes de adquisición, arrendamiento, adscripción y/o descripción. g) Atender a las cuestiones relacionadas con la seguridad, régimen interior, asuntos generales y la coordinación e inspección de las unidades, instalaciones y servicios de la Agencia. h) Editar y difundir las publicaciones de la Agencia, en coordinación con los departamentos correspondientes. i) Gestionar los medios informáticos, herramientas informáticas o tecnológicas y los servicios comunes necesarios para el funcionamiento de la Agencia. j) Gestionar el portal de internet de la Agencia y realizar las actividades necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones en materia de transparencia. k) Implantar y llevar a cabo el seguimiento de los Programas del marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado y de los modelos de gestión interna, dirección por objetivos y evaluación del desempeño. l) Coordinar las actividades para la elaboración del Contrato plurianual de gestión. m) Elaborar el informe semestral de seguimiento del cumplimiento del Plan de acción anual. n) Elaborar el Informe anual de actividad de la Agencia. ñ) Gestionar el sistema de información económica a que hace referencia el artículo 108 sexies.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. o) Prestar el asesoramiento jurídico a la Dirección y a la organización para el necesario ejercicio de las competencias y funciones de la Agencia y su funcionamiento ordinario.
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eli/es/rd/2026/02/03/65#art-25