Art. 3
3 / 17En vigor desde 23 jul 1992
Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente Real Decreto:
1. Los productos cárnicos elaborados con carnes frescas de ave.
2. Los productos cárnicos elaborados con las carnes frescas contempladas en el artículo 5 de la Directiva 64/433/CEE y en las disposiciones correspondientes del artículo 20 de la Directiva 72/462/CEE.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1992/06/12/646#art-3