Art. Disposición adicional segunda
5 / 9En vigor desde 26 may 1990
La plantilla de los demás funcionarios al servicio de la Administración de Justicia será determinada por Orden.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1990/05/18/644#disposicion-adicional-segunda