Art. 84
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 6.ª Requisitos generales para la toma de muestras

Art. 84

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En vigor desde 28 may 2009
El material para la recogida de muestras deberá reunir los requisitos que se determinen por Orden de Ministerio de la Presidencia.
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