Art. 3
Título TÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 28 may 2009
El tratamiento y cesión de los datos de carácter personal a que se refiere el presente real decreto se ajustará a las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y será conforme a lo dispuesto en el capítulo V del título I de la Ley Orgánica 7/2006 y en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
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eli/es/rd/2009/04/17/641#art-3