Art. 2
Título TÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 28 may 2009
El presente real decreto regula: a) La protección de la salud de los deportistas federados en los términos previstos en el título II. b) La prevención y control del dopaje de los deportistas con una licencia federativa, estatal o autonómica homologada, que les habilite para participar en competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal.
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eli/es/rd/2009/04/17/641#art-2