Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 8.ª Extracción de muestras de sangre
Art. 100
100 / 110En vigor desde 28 may 2009
Las manipulaciones de las muestras de sangre que se lleven a cabo en el área de control y el transporte de las mismas se determinarán por un protocolo que se aprobará por la Orden Ministerial a que se refiere el artículo 95 del presente real decreto.
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Proeli/es/rd/2009/04/17/641#art-100