Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
10 / 36En vigor desde 20 dic 2016
1. El Real Patronato, es el órgano rector colegiado de la Biblioteca Nacional de España.
2. La Presidencia de honor del Real Patronato corresponde a SS.MM. los Reyes de España.
3. El Pleno y la Comisión Permanente del Real Patronato son los órganos colegiados del Real Patronato y el Presidente y el Vicepresidente del Real Patronato son los órganos unipersonales del Real Patronato.
a) El Pleno del Real Patronato propondrá, entre los vocales por designación, a quienes ocupen la Presidencia y la Vicepresidencia, que serán nombrados por la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte por un período de cinco años.
b) La Presidencia del Real Patronato ostentará la representación institucional de la Biblioteca Nacional de España y convocará y presidirá el Real Patronato en Pleno y en Comisión Permanente. En caso de empate su voto será dirimente.
En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el Vicepresidente y, en su defecto, por el vocal nato de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
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Proeli/es/rd/2016/12/09/640#art-5