Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
9 / 36En vigor desde 13 jun 2026
1. La Presidencia de la Biblioteca Nacional de España, O.A. recae en la persona titular del Ministerio de Cultura.
2. Corresponde a la Presidencia:
a) La alta representación y gobierno del Organismo.
b) Elaborar la propuesta del plan estratégico de actuación y del plan anual de actuación, la Memoria anual de actividades y el anteproyecto de presupuestos del Organismo.
c) Elevar al Consejo de Ministros la propuesta de nombramiento de la persona que ocupe la Dirección de la Biblioteca Nacional de España, O.A., previa consulta al Real Patronato a cuya consideración someterá los criterios a tener en cuenta para el nombramiento.
d) La convocatoria y presidencia de las reuniones a las que asista.
e) El resto de las funciones que le atribuya este Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico.
Se modifica por el .4 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2026-12711#ad-2
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2016/12/09/640#art-4