Art. Disposición final tercera
8 / 28En vigor desde 10 feb 2023
Se faculta a las personas titulares de los Ministerios de Justicia y de Universidades para que mediante orden ministerial conjunta adopten las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
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Proeli/es/rd/2023/02/08/64#disposicion-final-tercera