Capítulo CAPÍTULO V
Art. 30
30 / 72En vigor desde 7 ago 2014
Los requisitos de titulación de los aspirantes se adecuarán a las exigencias derivadas de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, respecto a las profesiones sanitarias tituladas y reguladas, así como a las modificaciones legales que se deriven de la adaptación de los estudios universitarios al Espacio Europeo de Educación Superior.
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Proeli/es/rd/2014/07/25/639#art-30