Título REGLAMENTO DE LA CARRERA DIPLOMÁTICA›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 35
40 / 58En vigor desde 15 ago 2014
Una vez resuelta la convocatoria general para cubrir los puestos de libre designación reservados a los funcionarios de la Carrera Diplomática en los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, los puestos de esta naturaleza que queden vacantes se podrán proveer mediante convocatorias especiales de conformidad con el procedimiento regulado en este capítulo. Asimismo, se podrá convocar la cobertura de cuantos otros puestos en los servicios centrales del departamento se juzgue necesario o conveniente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2014/07/25/638#art-35