Art. Disposición adicional séptima
24 / 32En vigor desde 15 may 2010
Los titulares de las direcciones generales que actualmente están excluidos de la regla general de nombramiento prevista en el artículo 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, mantendrán vigentes las características y razones que justificaron la aplicación de dicha excepción.
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Proeli/es/rd/2010/05/14/638#disposicion-adicional-septima