Art. 9
9 / 26En vigor desde 27 jul 2021
1. Bajo la dependencia de la persona titular de la Dirección del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, existirá una Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20, a la que le corresponden las funciones de coordinación de las áreas de su competencia y de las Unidades que se le adscriben y, en particular, el asesoramiento y apoyo técnico y político al presidente del Gobierno en asuntos relacionados con la Política Económica.
2. La Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20 contará con los siguientes órganos con nivel orgánico de Subdirección General:
a) Unidad de Políticas Macroeconómicas y Financieras.
b) Unidad de Políticas Socio-Laborales.
c) Unidad de Seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. La persona titular de la Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20 será la enviada especial del presidente del Gobierno a las reuniones que a ese nivel de enviados especiales tengan lugar en el G-20.
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Proeli/es/rd/2021/07/26/634#art-9