Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Procedimiento de revisión ante la Sección Antidopaje del Comité Español de Disciplina Deportiva
Art. Disposición derogatoria única
38 / 39En vigor desde 5 feb 2008
Queda derogado el Real Decreto 255/1996, de 16 de febrero, por el que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de dopaje, excepción hecha de su artículo 8, que permanecerá vigente en tanto se aprueben las disposiciones de desarrollo de la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte, en materia de control del dopaje.
No obstante lo anterior, el mencionado Real Decreto 255/1996 quedará en vigor respecto de las infracciones y sanciones relativas a la administración o utilización de sustancias o prácticas prohibidas en animales destinados a la práctica deportiva.
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Proeli/es/rd/2008/01/25/63#disposicion-derogatoria-unica