Capítulo CAPÍTULO I
Art. 11
11 / 35En vigor desde 1 feb 2015
Las infracciones a los preceptos de este real decreto serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
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Proeli/es/rd/2014/07/18/628#art-11