Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 20 jul 2014
Quedan derogados los apartados 6 y 7 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 810/2007, de 22 de junio, por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad en la circulación en la Red Ferroviaria de Interés General y el título III y el anexo V de dicho Reglamento.
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