Art. Disposición adicional primera
Libro Del Sistema Español de MuseosTítulo TITULO II

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 14 nov 2025
La adscripción de Museos al Ministerio de Cultura se realizará a través de la Dirección General u organismo competente, atendiendo en cada caso al ámbito de especialidad del museo conforme a sus fines fundacionales. Se modifica por la disposición final 1 del Real Decreto 1028/2025, de 12 de noviembre. Ref. BOE-A-2025-22948

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eli/es/rd/1987/04/10/620#disposicion-adicional-primera