Art. 27
Libro Del Sistema Español de MuseosTítulo TITULO II

Art. 27

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En vigor desde 14 may 1987
El Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos, asesorada por la Junta Superior de Museos, promoverá la cooperación entre los Museos e Institutos que integran el Sistema Español de Museos para la documentación, investigación, conservación y restauración de los fondos, así como para las actividades de difusión cultural y el perfeccionamiento de su personal.
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eli/es/rd/1987/04/10/620#art-27