Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
12 / 39En vigor desde 3 ago 2024
1. El Consejo redactará una memoria anual que comprenderá:
a) La información sobre su funcionamiento orgánico.
b) El desarrollo de sus actividades.
c) La evaluación del grado de aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
2. La memoria anual se remitirá a las Cortes Generales y la persona titular de la Presidencia del Consejo comparecerá en la Comisión parlamentaria correspondiente para dar cuenta de la misma.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2024/07/02/615#art-9