Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Régimen económico-financiero, patrimonial y de contratación
Art. 26
29 / 39En vigor desde 3 ago 2024
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno contará, para el cumplimiento de sus fines, con los siguientes recursos económicos:
a) Las asignaciones que anualmente se establezcan con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
b) Las subvenciones y aportaciones que se puedan conceder a su favor, procedentes de fondos específicos de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
c) Los bienes, derechos y valores integrantes de su patrimonio, así como las rentas y productos derivados de ellos.
d) Cualesquiera otros que legalmente puedan serle atribuidos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2024/07/02/615#art-26