Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

4 / 39
En vigor desde 7 jun 1995
Queda derogado el Real Decreto 1593/1988, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, formación, promoción y perfeccionamiento de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, excepto en su capítulo II y demás normas relativas a la selección y formación de facultativos y técnicos, que continuarán en vigor. Quedan, asimismo, derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango en cuanto contradigan o se opongan a lo dispuesto en el Reglamento que se aprueba por este Real Decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1995/04/21/614#disposicion-derogatoria-unica