Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
14 / 16En vigor desde 2 jul 2020
Este real decreto se dicta en virtud de la competencia exclusiva que, en materia de seguridad pública, tiene atribuida el Estado con arreglo al artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2020/06/30/613#disposicion-final-primera