Art. Artículo único
1 / 39En vigor desde 14 jul 2023
Se aprueba el Reglamento del Registro de la Propiedad Intelectual, según lo previsto en los artículos 144 y 145 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, cuyo texto se inserta a continuación.
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Proeli/es/rd/2023/07/11/611#articulo-unico