Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 21En vigor desde 24 jul 2026
Constituye el objeto de este real decreto la determinación de las especificaciones de las gasolinas, gasóleos de automoción (clase A), gasóleos para uso agrícola, ferroviario, marítimo y máquinas móviles no de carretera (clase B) y de calefacción (clase C), fuelóleos, propano, butano y gases licuados del petróleo (GLP) de automoción, así como la regulación del uso de determinados biocarburantes.
Se modifica, por la disposición final 4.1 del Real Decreto 611/2026, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2026-16011#df-4 Téngase en cuenta que la disposición final 3 del Real Decreto-ley 21/2026, de 25 de agosto, Ref. BOE-A-2026-18148#df-3 , estableció la entrada en vigor de esta modificación el 24 de julio de 2026, si bien dicha previsión fue derogada por el Acuerdo del Congreso de los Diputados, publicado por Resolución de 16 de septiembre de 2026. Ref. BOE-A-2026-19419 , y posteriormente el del Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, vuelve a establecer la entrada en vigor el 24 de julio de 2026. Ref. BOE-A-2026-20265#a1-4
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2006/01/31/61#art-1