Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 25 may 2027
Queda derogado el Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.
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