Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 1 nov 2019
El objeto del presente real decreto es establecer los principios básicos de justificación y optimización en el uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas, frente a las siguientes exposiciones médicas: a) La exposición de pacientes para su diagnóstico o tratamiento médico, dental o podológico. b) La exposición de las personas trabajadoras en la vigilancia periódica de su estado de salud, en los términos establecidos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. c) La exposición de personas en programas de cribado sanitario. d) La exposición de personas asintomáticas o de pacientes que participan voluntariamente en programas de investigación médica o biomédica, de diagnóstico o terapia. e) La exposición de personas cuidadoras.
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eli/es/rd/2019/10/18/601#art-1