Art. Disposición adicional segunda

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 3 feb 1995
Las referencias que el artículo 4, epígrafe 3, apartado cuarto, del Real Decreto 1848/1991, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, hace a los artículos 3, 4 y 5 del Real Decreto 1404/1986, de 23 de mayo, modificado por Real Decreto 1239/1988, de 14 de octubre, se entenderán referidas a los artículos 4, 5 y 6 del presente Real Decreto.
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